Universidad Central de Venezuela
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Estudios Políticos y Administrativos
Seminario: La Contemporaneidad del Pensamiento Político
de Hannah Arendt
Br.
Francelina Da Costa.
Sobre la revolución. Capítulo V.
A lo largo del texto, Sobre la Revolución, Arendt ha ido esbozando lo que considera las
principales características de las Revoluciones francesa y americana y el por qué
la primera de estas fracasó con respecto a los objetivos que perseguía, y cómo en cambio, la americana representa el
ejemplo de una revolución exitosa, que
logró establecer un tipo de gobierno y una constitución perdurable. Y este
capítulo no es la excepción.
En Fundación
(II): Novus ordo saeclorum, comienza recalcando que es necesario
diferenciar el poder y autoridad del poder y violencia, la importancia de
establecer esta diferencia radica, para la autora en los resultados de las
revoluciones antes mencionadas, ya que conforme a lo planteado de tal
diferenciación surgió el único dogma que los hombres de ambas revoluciones
compartieron, “la convicción de que la fuente y el origen del poder político
legitimo reside en el pueblo”[1]
Por otra parte plantea que lo que se
proponían las revoluciones era volver a cierto estado en el que se hallaban
antes tales países. Ese estado se refería a la relación y/o distinción entre
libertad y propiedad según la época de que se hable. En los siglos XVII, XVIII
y XIX, el establecimiento de leyes se
hacía con miras a garantizar la propiedad y de la protección de esta se
derivaba la garantía sobre la libertad. Es por ello que al hablar de la lucha
por la propiedad se hablaba de lucha por la libertad y viceversa. Derivado de
esto Arendt menciona que la Revolución francesa y americana querían recuperar
las libertades antiguas.
Para la autora la razón de que los resultados
de estas dos revoluciones hayan sido diferentes, se encuentra en la naturaleza
de los cuerpos políticos de cada una,
del lado francés el conflicto rey y Parlamento, y del lado americano entre los
cuerpos constituidos americanos y el gobierno inglés. De esto nos conduce a la concepción de poder
que manejaban los hombres de la Revolución francesa;
Cuando los
hombres de la Revolución francesa decían que todo el poder reside en el pueblo,
entendían por poder una fuerza <<natural>> cuya fuente y origen
estaban situadas fuera de la esfera política, una fuerza que había sido
liberada en toda su violencia por la revolución y que había barrido, como un
huracán, todas las instituciones del Ancien
Régime.[2]
El problema de la revolución francesa, en la
visión de nuestra autora se halla en que los hombres de la Revolución francesa
no sabían distinguir entre violencia y poder, y ya que pensaban que todo poder
debe derivar del pueblo, le dieron paso a esa esfera natural dentro de la
esfera política lo que condujo a su caída. Caso contrario, los hombres de la
revolución americana, para los que el poder nacía a partir del común acuerdo,
además de un conjunto de promesas, pactos y compromisos mutuos, un poder basado en la reciprocidad y mutualidad, se
distingue en este punto entre este poder verdadero y legítimo, en
contraposición con el poder de reyes, príncipes que no derivaba de la
mutualidad sino en el consentimiento.
A partir de tal consentimiento que se expresa
en el poder, surge el problema de la autoridad, y cómo a los hombres de la
revolución, que hablaban de fundar republicas, gobiernos que se fundamentaran
en leyes. Tal problema lo resuelven con el establecimiento de una norma superior que se hiciera cargo de
sancionar las leyes positivas.
Hannah Arendt añade otra diferencia a las ya
establecidas a lo largo del texto, entre la Revolución francesa y la americana,
esta es que, para la Revolución francesa la ley
es expresión de la Voluntad General, lo que quedó expresado en la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, algo que no podrá
hallarse en ningún lado en la Declaración de Independencia americana o en la
Constitución de ese país.
El planteamiento del nuevo orden secular
aparece cuando las revoluciones y sus respectivas crisis, llevaron a los
hombres ilustrados (siglo XVII) al
apoyarse en una sanción religiosa justo cuando estaban buscando la liberación
de la esfera secular de la influencia de las iglesias, con lo que se esperaba
separar la religión y la política finalmente. Aunado al tema de la religión se
encuentra el argumento de la legislación divina, la cual en pocas palabras
trata de que el legislador debe estar por encima y fuera de sus propias leyes,
¿Esto no es ese Leviatán del que hablo Hobbes, ese tercero al cual se le ceden
sus derechos en beneficio de resguardar la vida? Como respuesta de esto Arendt argumenta en la Antigüedad el
tirano era el encargado de establecer las
leyes al pueblo y él quedaba por fuera de ese vínculo.
Dedica gran parte del capítulo V a explicar
lo que se entiende por ley y cómo ésta se fue desarrollando en las dos
revoluciones. Expone que la palabra lex
significaba originalmente “conexión intima” o relación de dos cosas o personas;
por lo que “la existencia de un pueblo, en el sentido de una unidad étnica
tribal y orgánica es completamente independiente de las leyes”[3]. Hablar de las leyes sin
mencionar a Montesquieu sería dejar un hueco en el tema, por ello menciona
que él fue el único teórico
prerrevolucionario que no pensó en que fuese necesario la existencia de un
poder absoluto o divino, Arendt fundamenta esta afirmación cuando dice que la
concepción de Montesquieu de ley era
la concepción de lex mencionada más arriba.
Arendt plantea que la relación entre la ley y
la religion radica en la importancia de la sanción divina manejada desde la
religión para crear un vínculo entre la ley y los hombres. El derecho natural y
la sanción divina como resguardo para su cumplimiento. La autora señala que si
la esencia del Derecho secular era el mandato, se requería de una entidad
divina para que fuese válido, se hacia necesario el Dios de la naturaleza y de
una razón inspirada por Dios.
Por otro lado, añade que los hombres de la
Revolución americana no admitieron la relación existente entre la felicidad y
la acción. Con respecto a la acción introduce un elemento importante a saber,
el interés por parte de los hombres de la revolución en basar e inspirar sus
acciones en la antigüedad romana, más adelante añadirá que esto fue un error
que cometieron los hombres de las revoluciones francesa y americana
fundamentados en la idea de volver a los antiguos derechos y libertades, a un periodo primitivo, el error de esto,
para Arendt radico en que para estos el origen venia del pasado, el origen del
que se derivaba la autoridad y estabilidad del cuerpo político.
Cerca del final de este capítulo Arendt
señala que su afirmación “… la existencia de una interrelacion intima entre
fundación, aumento y conservación, quizá haya sido la idea concreta más
importante que los hombres de la Revolución adoptaron…”[4] se refiere a, por decirlo
de algún modo, a lo acostumbrados que estaban estos hombres a los clásicos y lo
relativo a la escuela de la antigüedad romana. Esto permite apreciar como el
concepto romano de autoridad indica “acto de fundación desemboca
inevitablemente en la estabilidad y la permanencia”[5] lo que se traduce en un aumento necesario, conforme al cual todo
queda trincado a la fundación. ¿Por qué explica esto? Para fundamentar los
cambios que ha tenido la constitución americana, las enmiendas a la
Constitución desde esta visión solo han venido a aumentar e incrementar las
fundaciones originales de la República americana, la autoridad de la
Constitución radica en los cambios que ha experimentado. Desde la visión
romana, los cambios que se dan sólo aumentan e acto de fundación, por ello la
Revolución americana fue exitosa para la autora, además de basarse en como los
hombres de la revolución se autodenominaron Padres
Fundadores.
Por último, llama la atención la relación que
hace entre el nacimiento de un niño y la fundación de una ciudad. Fundamentada
ésta en un pensamiento familiar que viene de Roma y tiene peso en las
religiones asiáticas. Además afirma que la Revolución americana fue el origen
de una historia nacional determinada, producto del trabajo de un grupo de
hombres que trabajaron por común acuerdo y promesas mutuas.
Bibliografía
Arendt,
H. (2006). Sobre la revolución. Madrid: Alianza.
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