lunes, 9 de septiembre de 2013

Francelina Da Costa Resumen #5

Universidad Central de Venezuela
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Estudios Políticos y Administrativos
Seminario: La Contemporaneidad del Pensamiento Político de Hannah Arendt

Br. Francelina Da Costa.

Sobre la revolución. Capítulo V.

A lo largo del texto, Sobre la Revolución, Arendt ha ido esbozando lo que considera las principales características de las Revoluciones francesa y americana y el por qué la primera de estas fracasó con respecto a los objetivos que perseguía, y  cómo en cambio, la americana representa el ejemplo de  una revolución exitosa, que logró establecer un tipo de gobierno y una constitución perdurable. Y este capítulo no es la excepción.
En Fundación (II): Novus ordo saeclorum, comienza recalcando que es necesario diferenciar el poder y autoridad del poder y violencia, la importancia de establecer esta diferencia radica, para la autora en los resultados de las revoluciones antes mencionadas, ya que conforme a lo planteado de tal diferenciación surgió el único dogma que los hombres de ambas revoluciones compartieron, “la convicción de que la fuente y el origen del poder político legitimo reside en el pueblo”[1]
Por otra parte plantea que lo que se proponían las revoluciones era volver a cierto estado en el que se hallaban antes tales países. Ese estado se refería a la relación y/o distinción entre libertad y propiedad según la época de que se hable. En los siglos XVII, XVIII y XIX,  el establecimiento de leyes se hacía con miras a garantizar la propiedad y de la protección de esta se derivaba la garantía sobre la libertad. Es por ello que al hablar de la lucha por la propiedad se hablaba de lucha por la libertad y viceversa. Derivado de esto Arendt menciona que la Revolución francesa y americana querían recuperar las libertades antiguas.
Para la autora la razón de que los resultados de estas dos revoluciones hayan sido diferentes, se encuentra en la naturaleza de los cuerpos políticos de cada una, del lado francés el conflicto rey y Parlamento, y del lado americano entre los cuerpos constituidos americanos y el gobierno inglés.  De esto nos conduce a la concepción de poder que manejaban los hombres de la Revolución francesa;
Cuando los hombres de la Revolución francesa decían que todo el poder reside en el pueblo, entendían por poder una fuerza <<natural>> cuya fuente y origen estaban situadas fuera de la esfera política, una fuerza que había sido liberada en toda su violencia por la revolución y que había barrido, como un huracán, todas las instituciones del Ancien Régime.[2]
El problema de la revolución francesa, en la visión de nuestra autora se halla en que los hombres de la Revolución francesa no sabían distinguir entre violencia y poder, y ya que pensaban que todo poder debe derivar del pueblo, le dieron paso a esa esfera natural dentro de la esfera política lo que condujo a su caída. Caso contrario, los hombres de la revolución americana, para los que el poder nacía a partir del común acuerdo, además de un conjunto de promesas, pactos y compromisos mutuos, un poder basado en la reciprocidad y mutualidad, se distingue en este punto entre este poder verdadero y legítimo, en contraposición con el poder de reyes, príncipes que no derivaba de la mutualidad sino en el consentimiento.
A partir de tal consentimiento que se expresa en el poder, surge el problema de la autoridad, y cómo a los hombres de la revolución, que hablaban de fundar republicas, gobiernos que se fundamentaran en leyes. Tal problema lo resuelven con el establecimiento de una norma superior que se hiciera cargo de sancionar las leyes positivas.
Hannah Arendt añade otra diferencia a las ya establecidas a lo largo del texto, entre la Revolución francesa y la americana, esta es que, para la Revolución francesa  la ley es expresión de la Voluntad General, lo que quedó expresado en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, algo que no podrá hallarse en ningún lado en la Declaración de Independencia americana o en la Constitución de ese país.
El planteamiento del nuevo orden secular aparece cuando las revoluciones y sus respectivas crisis, llevaron a los hombres ilustrados (siglo XVII) al apoyarse en una sanción religiosa justo cuando estaban buscando la liberación de la esfera secular de la influencia de las iglesias, con lo que se esperaba separar la religión y la política finalmente. Aunado al tema de la religión se encuentra el argumento de la legislación divina, la cual en pocas palabras trata de que el legislador debe estar por encima y fuera de sus propias leyes, ¿Esto no es ese Leviatán del que hablo Hobbes, ese tercero al cual se le ceden sus derechos en beneficio de resguardar la vida? Como respuesta de  esto Arendt argumenta en la Antigüedad el tirano era el encargado de establecer  las leyes al pueblo y él quedaba por fuera de ese vínculo.
Dedica gran parte del capítulo V a explicar lo que se entiende por ley y cómo ésta se fue desarrollando en las dos revoluciones. Expone que la palabra lex significaba originalmente “conexión intima” o relación de dos cosas o personas; por lo que “la existencia de un pueblo, en el sentido de una unidad étnica tribal y orgánica es completamente independiente de las leyes”[3]. Hablar de las leyes sin mencionar a Montesquieu sería dejar un hueco en el tema, por ello menciona que  él fue el único teórico prerrevolucionario que no pensó en que fuese necesario la existencia de un poder absoluto o divino, Arendt fundamenta esta afirmación cuando dice que la concepción de Montesquieu de ley era la concepción de lex mencionada más arriba. 
Arendt plantea que la relación entre la ley y la religion radica en la importancia de la sanción divina manejada desde la religión para crear un vínculo entre la ley y los hombres. El derecho natural y la sanción divina como resguardo para su cumplimiento. La autora señala que si la esencia del Derecho secular era el mandato, se requería de una entidad divina para que fuese válido, se hacia necesario el Dios de la naturaleza y de una razón inspirada por Dios.
Por otro lado, añade que los hombres de la Revolución americana no admitieron la relación existente entre la felicidad y la acción. Con respecto a la acción introduce un elemento importante a saber, el interés por parte de los hombres de la revolución en basar e inspirar sus acciones en la antigüedad romana, más adelante añadirá que esto fue un error que cometieron los hombres de las revoluciones francesa y americana fundamentados en la idea de volver a los antiguos derechos y libertades, a un periodo primitivo, el error de esto, para Arendt radico en que para estos el origen venia del pasado, el origen del que se derivaba la autoridad y estabilidad del cuerpo político.
Cerca del final de este capítulo Arendt señala que su afirmación “… la existencia de una interrelacion intima entre fundación, aumento y conservación, quizá haya sido la idea concreta más importante que los hombres de la Revolución adoptaron…”[4] se refiere a, por decirlo de algún modo, a lo acostumbrados que estaban estos hombres a los clásicos y lo relativo a la escuela de la antigüedad romana. Esto permite apreciar como el concepto romano de autoridad indica “acto de fundación desemboca inevitablemente en la estabilidad y la permanencia”[5] lo que se traduce en un aumento necesario, conforme al cual todo queda trincado a la fundación. ¿Por qué explica esto? Para fundamentar los cambios que ha tenido la constitución americana, las enmiendas a la Constitución desde esta visión solo han venido a aumentar e incrementar las fundaciones originales de la República americana, la autoridad de la Constitución radica en los cambios que ha experimentado. Desde la visión romana, los cambios que se dan sólo aumentan e acto de fundación, por ello la Revolución americana fue exitosa para la autora, además de basarse en como los hombres de la revolución se autodenominaron Padres Fundadores.
Por último, llama la atención la relación que hace entre el nacimiento de un niño y la fundación de una ciudad. Fundamentada ésta en un pensamiento familiar que viene de Roma y tiene peso en las religiones asiáticas. Además afirma que la Revolución americana fue el origen de una historia nacional determinada, producto del trabajo de un grupo de hombres que trabajaron por común acuerdo y promesas mutuas.

Bibliografía

Arendt, H. (2006). Sobre la revolución. Madrid: Alianza.





[1] Arendt, Hannah, Sobre la Revolución. Edit. Alianza. 2006. p, 246.
[2] Ibíd. p, 249.
[3] Ibíd. p, 258.
[4] Ibíd. p, 277.
[5] Ibíd. p, 278.

No hay comentarios:

Publicar un comentario