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Capítulo
V: Fundación (II): Novus ordo saeclorum
En este apartado capitular; la autora genera una serie de
posturas y planteamientos asentados; que claramente estarán orientados a
despejar y dilucidar algunas incógnitas e interrogantes relativas a la idea de
“poder” como tal, pero consecuenciando por argumento en contrario a lo
planteado previamente donde se genera una asociación del poder con la noción de
libertad; se establece entonces que
será altamente necesaria la tenencia de la bien llamada “voluntad” para poder
hacerse con un poderío propiamente instituido, en cuyo esfuerzo influye más la
fuerza que cualquier otro aspecto, no siendo ésta última su característica más
descollante.
Si bien a lo largo de la lectura del texto; Arendt se ha dado
a la tarea con sus argumentos teoréticos de irnos adentrando en una propuesta
ensayística sobre lo que se considera su idea primigenia (la revolución),
también es cierto que hay concepciones que se han explicado desde sus orígenes
ontológicos, denotando sus evoluciones y cambios históricos además de su rol
fundamental sobre el proceso y fenómeno en estudio, y que no se han abandonado
por completo a lo largo de la obra, uno de dichos elementos es el de la
“violencia”; donde habiendo el lector adscrito completamente el significado que
la autora propone acerca del vocablo;
entenderá que su conclusión categórica viene dada a comprenderla como un
mero instrumento y medio para la consecución de un determinado fin. Ahora bien,
habiendo previamente Arendt analizado los estructurados revolucionarios, llega
a la conclusión de que indefectible e independientemente del grado de violencia
(mucho o poco) que se emplee en el proceso revolucionario; esto no será factor
ineludible de que en ese mismo grado exista poder y autoridad política, ya que
para ella la génesis estará contenida en el pueblo mismo, sin negar que será
este mismo gremio el que pondrá en práctica este elemento de la violencia en
las revoluciones. Acotando que a mi parecer;
hoy la violencia legalizada la suministran hegemónica y arbitrariamente
los gobiernos “diz que” democráticos; sin embargo, Arendt nos dice que entre la
Revolución Francesa y la Americana hay lógicas de poder diversas.
Bajo la óptica y premisa atribuida de que era en el pueblo
donde podría asentarse y residir el poder; es que se adjudicó y anexó el curso
de la antigua Revolución Francesa, ya que entonces al considerársele como un
“movimiento violento avasallador” en sus líneas generales; centraría y
focalizaría más la atención en la necesidad imbricada y por ende se generaría una suerte de
confusión terminológica ya que para ellos ambas categóricas (Poder y violencia)
irían entrelazadas en el curso de desarrollo del proceso, pues bien, no es
secreto que su violento “modus operandi” se hiciera sentir en el seno de la
sociedad, pero coetáneamente ya estaba pensada la nueva estructuración del
panorama. Como bien se expresó antes; la violencia según la autora entonces
vendrá a significar un medio que determine una fuente de autoridad en aras de
la gestación a posteriori de la revolución. Acto seguido, la autora Arendt nos
hace una inmediata apología pro-americana diciéndonos de que ellos si supieron
separar estos dos conceptos polares y entendieron que el poder está ubicado
diametralmente en un “Cenit”, así bien,
dicho poder estaría derivado por la reciproca confianza, que permitiría de esa
forma gozar amplia y suficientemente de la concepción constitucional.
Posteriormente H. Arendt se establecería y plantearía develar
un planteamiento en cuanto a la instauración de la República en el panorama de
ambos territorios (francés y norteamericano);
siendo concisos, para los franceses se debían tomar muy en cuenta las
condiciones previas al proceso revolucionario que respondían claramente a una
realidad carente de instancias como bien lo define esta autora: “pre-
políticas”, las cuales determinaban u garantizaban orden a lo interno,
situación tal que generaban desacuerdos a la hora de plantearse el orden
republicano. El proceso americano en cambio no se gestó bajo preceptos
violentos, con la imposición de los pactos desplazando a la violencia, la
creación de un gobierno legítimo garante de las libertades civiles fue menos
azarosa para ellos.
Arendt se imbuye a realizar un análisis postulando ejemplos
Greco-romanos, donde pretenderá justificar una legitimación en cuanto a la
fundación normativa, así bien; ubica su pesquisa en un ser externo a la
“polis” para la creación de dichas
leyes. Arenndt nuevamente se remite a Monstesquieu para afirmar dicha relación
“Hombre-cosa”, sin embargo la existencia de una instancia política y legal en
sus estructuras; promovería al ser organizado en un quórum social, además de
equiparar y equilibrar las relaciones “gobernantes- gobernados”. En los
americanos se promovería fielmente la veneración a la constitución como “Norma
Normarum” significando el entramado legal de la República. Lo que la autora
básicamente intenta destacar con la previa idea es que la creación de las Leyes
que regirían la vida social y la actuación del Estado, al respecto, deberían
ser producto de una estructura establecida por el Estado legislador, que a su
vez las haga cumplir, dirigidas a controlar a un pueblo que por convenio acate,
acoja y obedezca ese régimen normativo; lo cual es lacerantemente limitante y
coarta aterciopeladamente la soberanía que según los franceses debía residir en
el Pueblo.
También nos alega la literata una interesante postura
relacionada con el significado mismo de la revolución en función de lo que la inspira. Los revolucionarios se
inspiraron en diversos relatos históricos, muchas veces sustentados por las
antagónicas y dialécticas que sugieren las nociones de paz y violencia. Según
ella solo por medio de la paz se logra calar en el interés del hombre,
cautivando su atención más que por las vías de la violencia. Arendt por su lado
prestigia mucho más al proceso norteamericano en cuanto a la paz y al pacto en
relación a la nueva forma de estructurar al cuerpo político, cuyos preceptos
los convierte en su depurada postura teórica.
En tal sentido si la paz se usa para adormecer aquellos
desprevenidos ciudadanos que la profesan, para luego expoliarlos por intermedio
de otros ciudadanos mercaderes que especulan sin compasión en el seno de la
sociedad en la que conviven, lo cual es
su forma más connotada para subsistir egoístamente ellos, sin potenciar ni
tomar en cuenta al mencionado colectivo; ocupando ellos, además, posiciones
privilegiadas en altos cargos dentro de un Estado netamente político y alejado
de lo social, interesadamente anclados a ciertos postulados de su Declaración
de Independencia, como lo son: el respeto a la libre competencia, a la
propiedad y a la iniciativa privada, cargos públicos sujetos a mandatos
temporales, elecciones populares prácticamente inducidas y de Segundo Grado
para elegir a sus mandatarios; una postiza libertad de cultos y creencias; una
prensa “diz que” libre; y el libre Derecho a la posesión de armas. Un Estado
con estas carácterísticas anula, de facto, la Soberanía que hipócritamente
profesa, desvirtuando flagrantemente el lema de que el Poder reside en el
Pueblo; trasladándolo maquiavélicamente, con malabarismos normativos, a una
estructura superior hegemónica nutrida de privilegiados e interesados
personajes ajenos a la esfera del ciudadano común que los circunda.
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